viernes. 29.03.2024

En los tribunales de EAU, antes de la existencia de sentencia firme, el concepto de medida cautelar se aplica a la posibilidad de embargo de activos y la congelación de cuentas bancarias, junto con la posibilidad de que el acreedor solicite a los Tribunales la prohibición de viajar al deudor como medida provisional.  

La abogada María Rubert.

EMBARGO PREVENTIVO 

El Artículo 252 de la Ley de Procedimientos Civiles de EAU regula la posibilidad de embargo preventivo de activos.

El procedimiento a seguir por parte del acreedor para solicitar el embargo preventivo de bienes, consiste generalmente en proporcionar a los tribunales un listado de activos y los detalles de la cuenta bancaria del demandado para su revisión y decisión. Ello agiliza (posible sin estos datos pero de dudosa eficacia) el procedimiento de no hacerlo al suplir la descentralización del sistema judicial y administrativo en EAU.  

Por lo general, el demandante se compromete ante el Tribunal, en el sentido de que, si la solicitud de embargo presentada se concede indebidamente por el Tribunal, el demandante tendrá que reembolsar y compensar al demandado por los daños y perjuicios sufridos. En la práctica, nunca se recurre a tales compromisos, incluso en circunstancias en las que la solicitud de recurso anulando la orden es favorable. Dicho esto, no son numerosos los casos con éxito cautelar al aplicar un baremo muy alto los tribunales en su concesión. Para incrementar la posibilidad de éxito hay que realizar la petición con el apoyo de expertos en la aplicación de medidas cautelares en el país. 

La facultad de solicitar un embargo preventivo ante el tribunal, es una facultad ex parte (a instancia de parte) sin requerir que el demandado sea informado previamente. El fallo, determinando la concesión o no del embargo, se dicta dentro de las 24-48 horas siguientes a la presentación de la solicitud.

Al obtener una resolución favorable de concesión de una orden de embargo preventivo, el caso civil principal ha de ser presentado ante los Tribunales dentro de los 8 días naturales siguientes a la concesión para asegurar que la orden de embargo preventivo mantiene su validez hasta que el demandante obtenga la resolución del caso civil principal, es decir, la resolución del Tribunal de Primera Instancia. Durante este período, y si se aprueba la solicitud del demandante, todos los activos sujetos a la orden preventiva de embargo permanecerán temporalmente bloqueados por orden del tribunal.

Si el fallo del Tribunal de Primera Instancia sobre el caso principal es favorable, el Tribunal podrá aprobar una sentencia ordenando la congelación de activos y/o cuentas bancarias del deudor; y tendrá discreción para determinar los daños, la compensación y las pérdidas a las que tiene derecho el demandante en relación a los documentos de respaldo aportados para el caso.

Si el demandado no ejerce su derecho de apelación en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha del fallo del Tribunal de Primera Instancia, el demandante podrá proceder a la fase procesal de ejecución.

RESTRICCIÓN DE VIAJE

De acuerdo con el procedimiento establecido en el Artículo 329 de la Ley de Procedimientos civiles de EAU, los acreedores pueden solicitar ante tribunal la imposición de la prohibición de viaje a los deudores. El acreedor tiene derecho a solicitar al juez autorizado una orden que prohíba que el deudor viaje – de existir riesgo de fuga. 

Una vez emitida la orden de prohibición de viaje, el juez puede decretar la orden de depósito del pasaporte del deudor en los juzgados y a su vez, notificar la orden de prohibición de viaje a todas las fronteras del estado. El deudor tiene derecho a apelar dicha orden a través de los procedimientos legalmente establecidos. 

El artículo 330 de la Ley de Procedimientos Civiles de los EAU regula la duración y la extinción de la orden de prohibición de viaje. La orden tendrá vigencia hasta que, por cualquier motivo, la obligación del deudor hacia el acreedor haya expirado. El juez autorizado puede ordenar la extinción de la prohibición de viaje en casos tasados como el deposite de las cantidades adeudadas en los tribunales (supuesto más común) o el acuerdo al levantamiento de la orden por el acreedor (menos común). 

Por lo tanto, la probabilidad de éxito en obtener una orden de un embargo preventivo o una prohibición de viaje para el deudor depende de cada caso en concreto, influyendo además, los documentos de prueba brindados por el demandante al Tribunal. La decisión final será el resultado del criterio del juez, puesto que cuenta con plena discreción. Es de importancia la ayuda de abogados con experiencia especifica en estos casos. 

--------------------------------

** La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o  +971 50 35 14036.

¿Aplican los Tribunales en Emiratos Árabes medidas cautelares?