¿Qué significa la prohibición a bancos de Emiratos Árabes de solicitar documentos vía WhatsApp?
26 de abril de 2026 (12:06 h.)
Las instituciones financieras deberán cancelar cualquier servicio que utilice aplicaciones de mensajería instántanea para interactuar con los clientes y redireccionar sus operaciones hacia canales oficiales y seguros
El Banco Central de Emiratos Árabes Unidos (EAU) emitió el 17 de abril de 2026 una directiva que prohíbe a todas las instituciones financieras del país solicitar documentos o realizar cualquier comunicación relacionada con servicios bancarios a través de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp. La medida afecta a bancos, compañías financieras, casas de cambio, proveedores de pago, aseguradoras y corredores regulados por la entidad.
Esta restricción busca mitigar los riesgos asociados al uso de estas plataformas, tales como fraude, suplantación de identidad, robo de cuentas y la posible exposición o almacenamiento fuera del territorio nacional de datos sensibles, lo cual contraviene las normas vigentes sobre residencia de información.
Las instituciones financieras deberán cancelar cualquier servicio que utilice WhatsApp o apps similares para interactuar con los clientes y redireccionar sus operaciones hacia canales oficiales y seguros, incluyendo aplicaciones de banca móvil, plataformas en línea, centros telefónicos y sucursales físicas. Además, deberán reforzar controles internos y capacitar a su personal para garantizar la transición y seguridad.
El Banco Central exige a las entidades notificadas confirmar el cumplimiento de la norma y presentar un informe con las medidas adoptadas antes del 30 de abril, advirtiendo que su incumplimiento podrá acarrear sanciones o acciones regulatorias.
Los clientes deben abstenerse de enviar datos personales, documentos, o aceptar códigos de autenticación por WhatsApp u otros servicios de mensajería y utilizar únicamente los canales autorizados para cualquier gestión financiera. Esta regulación refuerza el compromiso de EAU con la protección de la información y la seguridad en el sector bancario.
Esta restricción busca mitigar los riesgos asociados al uso de estas plataformas, tales como fraude, suplantación de identidad, robo de cuentas y la posible exposición o almacenamiento fuera del territorio nacional de datos sensibles, lo cual contraviene las normas vigentes sobre residencia de información.
Las instituciones financieras deberán cancelar cualquier servicio que utilice WhatsApp o apps similares para interactuar con los clientes y redireccionar sus operaciones hacia canales oficiales y seguros, incluyendo aplicaciones de banca móvil, plataformas en línea, centros telefónicos y sucursales físicas. Además, deberán reforzar controles internos y capacitar a su personal para garantizar la transición y seguridad.
El Banco Central exige a las entidades notificadas confirmar el cumplimiento de la norma y presentar un informe con las medidas adoptadas antes del 30 de abril, advirtiendo que su incumplimiento podrá acarrear sanciones o acciones regulatorias.
Los clientes deben abstenerse de enviar datos personales, documentos, o aceptar códigos de autenticación por WhatsApp u otros servicios de mensajería y utilizar únicamente los canales autorizados para cualquier gestión financiera. Esta regulación refuerza el compromiso de EAU con la protección de la información y la seguridad en el sector bancario.