El Gobierno de Emiratos Árabes Unidos emitió un nuevo decreto-ley federal sobre regulación del tráfico, como parte del desarrollo continuo del marco legislativo y legal, informó este viernes la agencia estatal de noticias, WAM.
El decreto-ley tiene como objetivo seguir el ritmo de la rápida evolución del transporte en todo el mundo mediante la actualización de las clasificaciones de vehículos y la implementación de tecnologías viales modernas. Se presta especial atención a la expansión del uso de vehículos autónomos, eléctricos y diversos tipos de dispositivos de movilidad personal, así como a la adopción de métodos de transporte basados en soluciones tecnológicas avanzadas, aprovechando la sofisticada red vial emiratí.
De acuerdo con el decreto-ley federal, una resolución del Gabinete determinará los requisitos y el procedimiento de inspección, licencia y renovación de la licencia de los vehículos autónomos, así como los mecanismos a seguir para las pruebas tecnológicas de nuevos vehículos.
El decreto-ley permite el uso de nuevas tecnologías para lograr la seguridad vial, así como la imposición de multas a los vehículos o personas que infrinjan la normativa. La autoridad encargada de la concesión de licencias establecerá programas y aplicaciones en línea e inteligentes para la obtención de licencias y permisos, que se expedirán en función de una decisión del Ministro del Interior o del responsable de la autoridad encargada de la concesión de licencias correspondiente en cada emirato.
El decreto-ley también crea un 'Consejo Federal de Tráfico', cuya formación, responsabilidades y procedimientos de funcionamiento serán determinados por una resolución del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro del Interior.
Controles para el uso de las carreteras
El decreto-ley introduce normas integrales que se aplican a todo tipo de vehículos y a sus conductores, así como a los peatones que circulan por la vía pública. Entre ellas, se prohíbe a los peatones cruzar vías cuyo límite de velocidad sea de más de 80 kilómetros por hora, siendo responsables civiles o penales de cualquier incumplimiento de esta norma. El decreto-ley también prohíbe detener o colocar vehículos en la vía pública o en la acera para realizar reparaciones, o permanecer en la vía pública.
Requisitos para expedir el permiso de conducir
El decreto-ley establece las condiciones para la expedición del permiso de conducir, entre las que se incluye haber cumplido 17 años. Regula también la actividad de los formadores de conductores, que deben estar en posesión de un permiso de conducir que les habilite a conducir el vehículo en el que impartirán la formación y que deben estar autorizados a impartir la formación por la autoridad competente.
Los instructores de conducción no podrán permitir que los alumnos conduzcan el vehículo en ninguna vía dentro de zonas pobladas a menos que el instructor esté seguro de que el alumno es capaz de controlar y mantener el vehículo. Por otra parte, la autoridad que concede las licencias podrá suspender, cancelar o rechazar la renovación de cualquier licencia o permiso de conducción si se demuestra que el titular de la licencia o permiso no está cualificado o no está médicamente apto para conducir los vehículos para los que está autorizado.
El decreto-ley prohíbe realizar modificaciones sustanciales en la forma, el chasis, la carrocería, la potencia del motor o el color del vehículo, salvo que cuente con la aprobación de la autoridad competente, de conformidad con los controles y procedimientos que especifica al respecto. Indica que las compañías de seguros no podrán incluir en las pólizas de seguro ninguna condición que reduzca o impida la cobertura de la totalidad de su responsabilidad civil derivada de la muerte, lesiones corporales o daños materiales causados por el vehículo.
Sanciones disuasorias
De acuerdo al decreto-ley, una resolución del Gabinete determina las sanciones y castigos administrativos, la entidad encargada de imponer dichas sanciones y recibir las quejas pertinentes, y la encargada de cobrar dichas sanciones y multas.
Establece sanciones disuasorias para varias infracciones y delitos peligrosos, incluyendo prisión y una multa de no menos de 20.000 dirhams, o cualquiera de estas dos sanciones por uso indebido de placas de matrícula, prisión y una multa de no menos de 20.000 y no más de 100.000 dirhams, o cualquiera de estas dos, por conducir o intentar conducir un vehículo bajo la influencia de bebidas alcohólicas, y prisión y una multa de no menos de 30.000 y no más de 200.000, o cualquiera de estas dos, por conducir o intentar conducir un vehículo bajo la influencia de sustancias narcóticas o psicotrópicas.
Quien conduzca un vehículo con el permiso de conducir suspendido será castigado con una pena de prisión de hasta tres meses y una multa de no menos de 10.000 dirhams o con una de estas dos penas. Quien huya del lugar de un accidente y no proporcione información pertinente será castigado con una pena de prisión de no más de un año y una multa de no menos de 50.000 y no más de 100.000 dirhams, o con una de estas dos penas.
El que, por negligencia, cause la muerte de otra persona con un vehículo será castigado con pena de prisión y multa no inferior a 50.000 dirhams, o cualquiera de las dos penas. Si el incidente se produce en circunstancias agravantes específicas, como conducir en un valle durante una inundación, la pena será de prisión de un mínimo de un año y multa no inferior a 100.000 dirhams, o cualquiera de las dos penas.
Cruzar la vía por lugares distintos de los destinados al efecto será castigado con pena de prisión y multa no inferior a 5.000 ni superior a 10.000 dirhams, o con una de estas dos penas, si de este acto se derivare un accidente de tráfico.