Multan en Dubai a 159 empresas por llamadas de telemarketing no deseadas

Una imagen a modo ilustrativo. (WAM)
La legislación afecta a todas las compañías con licencia en EAU, incluidas aquellas en zonas francas, que ofrezcan productos y servicios a través de llamadas telefónicas

La Corporación de Dubai para la Protección del Consumidor y el Comercio Justo (DCCPFT), que forma parte del Departamento de Economía y Turismo (DET), ha implementado nuevas regulaciones dirigidas a controlar las prácticas de telemarketing con el fin de salvaguardar los derechos de los consumidores. Estas acciones se están llevando a cabo en colaboración con el Ministerio de Economía (MoEc) y la Autoridad Reguladora de Telecomunicaciones y Gobierno Digital (TDRA), conforme a la reciente Decisión del Gabinete No. 56 de 2024, que establece normativas sobre el telemercadeo, y la Decisión del Gabinete No. 57 de 2024, que detalla las infracciones y sanciones asociadas.

Desde la entrada en vigor de estas resoluciones en agosto de 2024, la DCCPFT ha emitido advertencias iniciales a 174 empresas en Dubai por incumplimiento, y ha aplicado multas de 50.000 dirhams a 159 empresas que violaron las regulaciones establecidas.

Las nuevas normas buscan mitigar las molestas llamadas no solicitadas, resguardando la comodidad y privacidad del consumidor. Asimismo, tienen como objetivo aumentar la confianza de los usuarios en las empresas al garantizar que estas respeten los horarios y los canales apropiados para promocionar sus productos. Este enfoque contribuirá a crear un clima empresarial positivo.

La iniciativa se alinea con los objetivos de la Agenda Económica de Dubai, D33, que busca duplicar el tamaño de la economía del emirato para 2033, consolidando así su posición como un destino líder mundial para negocios y ocio. El DCCPFT está comprometido con la creación de un entorno competitivo que promueva tanto la estabilidad económica como la protección del consumidor.

La legislación afecta a todas las empresas con licencia en EAU, incluidas aquellas en zonas francas, que ofrezcan productos y servicios a través de llamadas telefónicas. Los principios rectores incluyen restricciones para contactar a consumidores inscritos en el 'Registro de No Llamar' (DNCR), la limitación de llamadas entre las 09.00 y 18.00 horas, y la obligación de informar al consumidor si la llamada es grabada.