viernes. 19.04.2024

Las oficinas consulares de España en los países pertenecientes al Consejo de Cooperación del Golfo (Emiratos Árabes, Arabia Saudita, Omán, Qatar, Kuwait y Bahrein) permanecerán abiertas del 22 al 26 de junio para que depositen su voto en urna los españoles residentes en la región que cumplan los requisitos y hayan completado el proceso para participar en las Elecciones Generales del próximo 26 de junio.

Pueden ejercer su derecho al voto en urna los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) de estas elecciones y tengan en su poder la documentación electoral necesaria.

Las embajadas de España han hecho público en sus respectivas páginas webs los horarios durante los cuales podrán votar los españoles, que son los siguientes en los distintos países.

EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Días 22 y 23 de junio: desde las 9:00 hasta las 20:00 horas.

Días 24 y 25 de junio: desde las 10:00 hasta las 17:00 horas.

Día 26 de junio: desde las 09:00 hasta las 15:00 horas.

SULTANATO DE OMÁN

Días 22, 23, 24 y 25 de junio: desde las 9:00 hasta las 20:00 horas.

Día 26 de junio: desde las 9:00 hasta las 13:30 horas.

ARABIA SAUDITA

Días 22 y 23 de junio: desde las 9:00 hasta las 20:00 horas.

Días 24 y 25 de junio: desde las 10:00 hasta las 17:00 horas.

Día 26 de junio: desde las 9:00 hasta las 14:00 horas.

QATAR

Días 22 y 23 de junio: desde las 8:30 hasta las 18:00 horas.

Días 24, 25 y 26 de junio: desde las 9:00 a 14:00 horas.

KUWAIT y BAHREIN

Días 22, 23, 24, 25 y 26 junio: desde las 8:30 hasta las 16.00 horas.

En el momento de depositar el voto en urna se deberá acreditar la identidad ante el funcionario consular mediante pasaporte o DNI (expedido por autoridades españolas) o certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedido por la Sección Consular.

VOTO POR CORREO

Por lo que se refiere al voto por correo certificado, en el caso de electores residentes ausentes deberán enviarlo a los apartados de correos de las embajadas no más tarde del 21 de junio. En el sobre tiene que constar un matasellos o sello oficial con la fecha de envío. No hay que olvidar incluir en el sobre la documentación indicada en la hoja informativa que le ha remitido su Junta Electoral.

Si se es un español residente en España que se encuentra temporalmente en el extranjero sólo se puede ejercer el derecho al sufragio por correo certificado y siempre y cuando haya llevado a cabo todo el proceso previo y recibido la correspondiente documentación. Tendrá que enviar su voto a su mesa electoral en España no más tarde del día 22 de junio.

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Para más información puede visitar la página del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación de España www.exteriores.gob.es.

Todo listo en las embajadas de España en el Golfo para celebrar las Elecciones...
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