Conductor y aseguradora de deberán pagar 30.000 dirhams a víctima de atropello
05 de enero de 2026 (10:17 h.)
Una causa penal previa encontró culpable al automovilista por negligencia y falta de precaución, concluyendo que sus acciones causaron tanto perjuicios físicos como psicológicos, incluyendo dolor y fobia
El Tribunal de Familia, Civil y Administrativo de Abu Dhabi ha dictaminado que un conductor de automóvil y su compañía de seguros deben indemnizar con 30.000 dirhams a una persona que fue atropellada por el vehículo del referido conductor.
Según la sentencia, el conductor no ejerció el máximo cuidado y precaución exigidos, se negó a prestar ayuda a la víctima o a organizar asistencia sin justificación alguna, y huyó del lugar del accidente sin una excusa aceptable. Además, infringió las señales de tránsito y las normas establecidas para regular el tráfico, ya que estaba distraído por asuntos ajenos a la conducción.
El caso se originó a partir de una demanda presentada por la víctima, quien solicitaba una compensación de 150.000 dirhams por los daños materiales y morales sufridos a raíz del incidente. La suma reclamaba intereses legales al 5% hasta el total pago, así como la cobertura de honorarios y gastos del juicio.
En su denuncia, la víctima alegó que fue atropellada por el conductor, resultando en varias lesiones. Una causa penal previa encontró culpable al conductor por negligencia y falta de precaución, concluyendo que sus acciones causaron tanto perjuicios físicos como psicológicos, incluyendo dolor y fobia.
El tribunal basó su veredicto en la responsabilidad del conductor, señalando que según los artículos 292 y 293/1 de la Ley de Transacciones Civiles, quien cause daño a otra persona debe indemnizarla. Se determinó que el conductor, al causar el accidente por su imprudencia, era responsable de los daños morales y materiales infligidos a la víctima.
Según la sentencia, el conductor no ejerció el máximo cuidado y precaución exigidos, se negó a prestar ayuda a la víctima o a organizar asistencia sin justificación alguna, y huyó del lugar del accidente sin una excusa aceptable. Además, infringió las señales de tránsito y las normas establecidas para regular el tráfico, ya que estaba distraído por asuntos ajenos a la conducción.
El caso se originó a partir de una demanda presentada por la víctima, quien solicitaba una compensación de 150.000 dirhams por los daños materiales y morales sufridos a raíz del incidente. La suma reclamaba intereses legales al 5% hasta el total pago, así como la cobertura de honorarios y gastos del juicio.
En su denuncia, la víctima alegó que fue atropellada por el conductor, resultando en varias lesiones. Una causa penal previa encontró culpable al conductor por negligencia y falta de precaución, concluyendo que sus acciones causaron tanto perjuicios físicos como psicológicos, incluyendo dolor y fobia.
El tribunal basó su veredicto en la responsabilidad del conductor, señalando que según los artículos 292 y 293/1 de la Ley de Transacciones Civiles, quien cause daño a otra persona debe indemnizarla. Se determinó que el conductor, al causar el accidente por su imprudencia, era responsable de los daños morales y materiales infligidos a la víctima.