viernes. 26.04.2024

La sección 'Pregunta a la abogada' ha recibido una consulta relativa al procedimiento de reclamación ante un servicio deficiente por parte de una empresa en Dubái.

Como primer paso y como nos relata haber hecho nuestro lector, lo ideal sería ponernos en contacto con la empresa correspondiente y trasmitirle nuestras quejas aportando toda la información con respecto al producto y/o servicio prestado. En el caso de no obtener respuesta o no quedar satisfechos con la misma, es posible registrar una queja formal con el Departamento de Protección al Consumidor (en inglés, Consumer Protection Department) el cual depende del Departamento de Desarrollo Económico (en inglés, Department of Economic Development, también conocido como DED).

El procedimiento ante este organismo puede ser iniciado por vía telefónica, fax, correo electrónico, sitio web o una visita personal al Departamento de Protección al Consumidor. Independientemente de la vía escogida, se exigirá que el afectado proporcione su nombre y datos de contacto, todos los detalles del proveedor del servicio y una descripción de los hechos acaecidos.

Una vez formalizada la reclamación, el Departamento de Protección al Consumidor proporcionará al consumidor un número de reclamación el cual podrá utilizar para consultar el estado de la misma. El plazo de resolución orientativo que ofrece el Departamento es de treinta días, aunque es posible que se extienda en función de la complejidad de la reclamación y de la cooperación de las partes implicadas.

Una vez recibida la reclamación por el Departamento y analizada la misma, este decidirá sobre los siguientes extremos: a) la materia sobre la que versa la reclamación y las opciones para resolver el conflicto, b) si la ley ha sido vulnerada o c) si la reclamación debería ser conocida por otra organización (en este caso el Departamento pondrá en conocimiento del afectado la organización más apropiada).

Los afectados pueden ponerse en contacto con el Departamento de Protección al Consumidor a través de los siguientes contactos:

Número de teléfono: +971 600 545555;

Fax: +971 4 450 3996;

Correo electrónico: [email protected].

La abogada María Rubert, durante su intervención. La abogada María Rubert, durante su intervención.

*La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Ha sido redactada en función de las representaciones recibidas y a modo de nota aclarativa general sobre la situación legal española. Para más información: [email protected] o +971 4 295 5727.

En la sección ‘Pregunta al abogado’, dirigida por la abogada María Rubert, socio del despacho M/ Advocates de Dubai, los lectores pueden plantear las cuestiones sobre las que tengan dudas ya sean de carácter inmobiliario, laboral, de visados o de constitución de empresas, entre otras materias.

Las respuestas aparecerán tanto en la edición impresa como en la digital (www.elcorreodelgolfo.ae). Dirigir las cuestiones a [email protected] haciendo constar en el asunto ‘Pregunta al abogado’.

Procedimiento para reclamar ante un servicio deficiente en Emiratos
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