viernes. 29.03.2024

La Fiscalía de Emiratos Árabes Unidos ha aclarado las penas por delitos de difamación o insulto a través del teléfono en virtud del Código Penal Federal del país.

En un videoclip en sus cuentas de redes sociales, el Ministerio Público aclaró que "de acuerdo con el artículo 374 del Código Penal Federal, cumplirá una pena de cárcel por un período no superior a seis meses o una multa no superior a 5.000 dirhams en caso de que la difamación o injuria se produzca a través del teléfono o frente a la víctima en presencia de otras personas.

La sanción será de una multa no superior a 5.000 dirhams si la difamación o injuria se produce frente a la víctima sin la presencia de un tercero o en una carta que se le envíe por cualquier medio.

Se considerará agravante si la calumnia o injuria, en los casos señalados en los dos párrafos anteriores, se dirige a un funcionario público o un responsable de un servicio público, durante o con motivo del desempeño de sus funciones o de su servicio, o si afecta su honor o la reputación de las familias, o si se espera que alcance un "objetivo ilícito".

La Fiscalía Federal sostuvo que la publicación de este video subraya su interés por promover la cultura jurídica entre los miembros de la comunidad y elevar su conocimiento de las leyes relacionadas con el fin de reducir las violaciones resultantes del desconocimiento de la ley.

La Fiscalía de EAU aclara las penas por delitos de difamación o injuria telefónica
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