jueves. 13.11.2025
El Tribunal de Familia, Civil y Administrativo de Abu Dhabi ha dictado una sentencia en la que ordena a un hombre el pago de 30.000 dirhams como compensación por difamar a otro individuo en un espacio público. El demandado había hecho afirmaciones infundadas sobre la supuesta defectuosidad de la empresa del demandante, con el objetivo de menoscabar su reputación entre sus colegas.

El afectado presentó una demanda en la que solicitaba 350.000 dirhams en concepto de indemnización por los perjuicios materiales y morales resultantes de las acciones del demandado, así como la cobertura de los gastos judiciales y legales. En su alegato, el demandante sostuvo que el acusado lo insultó públicamente, perjudicando su imagen profesional.

Ante estas acusaciones, se inició un proceso penal que culminó con la sentencia favorable al demandante, quien experimentó tanto daños materiales como emocionales. El tribunal, citando los artículos 292 y 293/1 de la Ley de Transacciones Civiles, reiteró la obligación de indemnizar a quien sufra un daño causado por otro. Debido a la falta de honor cometida por el acusado, se le impuso la mencionada indemnización por el dolor y aflicción infligidos al denunciante.

Un tribunal de Abu Dhabi multa a un hombre por difamar públicamente a una empresa