viernes. 29.03.2024

La inmigración a Emiratos Árabes Unidos (EAU) de miembros individuales de una familia puede ser un fenómeno en crecimiento debido a varios motivos tales como la bajada de la demanda en el mercado laboral, los elevados costes de manutención en EAU o la dificultad para la obtención de la visa para aquellas parejas no casadas.

Este hecho puede no solo implicar el coste personal de fracturar físicamente la familia, sino que también puede conllevar efectos jurídicos cuando se incumplen las obligaciones que se tiene como consorte y/o progenitor.

La abogada María Rubert.En este sentido nos llega una consulta de una lectora latinoamericana que nos pregunta cómo proceder ante el incumplimiento de la obligación de manutención de los hijos en común por parte de su marido, así como las consecuencias de cometer bigamia o infidelidad en EAU. 

De forma previa a determinar los efectos de tal incumplimiento, es necesario conocer si los tribunales de EAU tendrían jurisdicción para conocer sobre dicho asunto litigioso.

En tal sentido, podemos confirmar en aplicación del Artículo 6 de la UAE Federal Personal Status Law que los tribunales de EAU son competentes para determinar la responsabilidad parental de un progenitor siempre que alguno de los miembros de la familia residiese de forma permanentemente en el país.

Determinada la competencia de los tribunales de EAU, la progenitora estaría legitimada para la interposición de una demanda solicitando la contribución a la manutención de los hijos en común con el marido residente en este país.

Por su parte, la bigamia como motivo por el cual presentar una demanda dependerá de la legislación aplicable y de la religión del pretendido demandado. Así, la Ley Sharia permite al marido contraer hasta cuatro matrimonios con mujeres distintas, lo que preluciría la posibilidad de demandar al marido por tal causa. Para el caso de los no musulmanes, la posibilidad de demandar al marido dependerá de su religión y de la ley que regule el registro donde el nuevo matrimonio se deba registrar.

En caso de que la bigamia no esté permitida, el marido se vería imposibilitado a registrar el nuevo matrimonio estando vigente el anterior; siempre que no facilitase información falsa durante el proceso de registro del nuevo matrimonio, lo cual podría implicar un delito de falsedad documental en aplicación del Código Penal de EAU.

En cuanto a la infidelidad en EAU, su dificultad de prueba implica en muchos casos la imposibilidad de abrir un procedimiento judicial. Sin embargo, puede ser utilizado como motivo para justificar el divorcio, el cual es causal en EAU, a diferencia de lo que ocurre en la mayoría de los países occidentales.

La infidelidad podrá ser alegada durante el proceso de divorcio no solo como cause sino también a efectos de solicitar una mayor indemnización.

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**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Ha sido redactada a modo de nota aclarativa general. Para más información [email protected] o +971 50 35 14036. 

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