viernes. 26.04.2024

La norma actual para votar en España en las elecciones desde el extranjero exige estar inscrito en el correspondiente consulado -para las generales del 20D a fecha 1 de agosto- y rogar el voto por adelantado, es decir, comunicar expresamente que se quiere ejercer el derecho al sufragio para que te manden las papeletas a casa. Antes, este envío se hacía automáticamente a todos los que estaban censados en el consulado. Ahora, no.

Según los datos del INE, el censo de los residentes en el exterior (CERA) para estas elecciones es de 1,87 millones de españoles, unos 441.000 más que en 2011 y casi 670.000 más que en 2008. En estas cifras no están incluidos ni los residentes temporales (ERTA) ni los que viven en el extranjero sin haberse dado de alta en el consulado. El número total de españoles con derecho a voto el 20D asciende a 36,5 millones.

Los españoles que residen en el extranjero de forma permanente pero que no están inscritos en el censo o se apuntaron después del 1 de agosto puedan darse de alta en el CERA o subsanar errores y rogar el voto, en este último caso, hasta el 21 de noviembre. Los CERA pueden votar por correo hasta el 15 de diciembre o en urna en los consulados del 16 al 18 de diciembre.

Si se reside de forma temporal hay que darse de alta en el censo ERTA y solicitar el voto. Se puede hacer a la vez en el consulado hasta el mismo 21 de noviembre. En este caso el voto se manda por correo antes del 16 de diciembre.

Si eres ERTA y no ruegas el voto tienes la opción de votar en España en urna el 20D igual que si no estás dado de alta en el consulado y vas a volver por Navidad. 

El Ministerio de Asuntos Exteriores asegura que en cada proceso electoral se pone en marcha una planificación con varias medidas para "facilitar el voto desde el exterior", como la creación de equipos electorales en los consulados, con el objetivo de cumplir todos los plazos legales que dependen de ellos. Que las papeletas lleguen a tiempo una vez que se ha rogado el voto "depende de los servicios postales de los terceros Estados".

Para más información visitar el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Cómo votar en las elecciones generales españolas del 20D
Comentarios