viernes. 26.04.2024

La legalización de documentos públicos españoles o de Emiratos Árabes Unidos (EAU) para su uso en el país de destino no es tarea sencilla.

Ello se debe a que EAU no es estado miembro del Convenio de la Haya del año 1961 por el cual los estados miembro se eximen de la necesidad de realizar las legalizaciones que indicaremos a continuación, sustituyendo este trámite por una simple apostille, reduciendo significativamente el formalismo requerido entre países no miembro.

La abogada María Rubert.

Las legalizaciones más habituales son las de documentos notariales (como poderes públicos); judiciales (tales como resoluciones judiciales o actas de nacimiento o defunción); mercantiles (como documentos relativos a empresas, certificados de origen o facturas de empresas) y académicos (como diplomas o certificados académicos). 

Notariales

Los documentos en los que un notario da fe de la capacidad del firmante y del acto deben ser legalizados en el siguiente orden: 

Notarios;

Colegios notariales;

Ministerio de Justicia-Legalizaciones;

Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; y

La Embajada (en Madrid) o Consulado (Barcelona) de EAU en España.

Judiciales

Los documentos originados ante Tribunales españoles requieren ser legalizados en el siguiente orden:  

Los tribunales superiores de justicia de la comunidad autónoma correspondiente;

Ministerio de Justicia-Legalizaciones;

Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; y

La Embajada (en Madrid) o Consulado (Barcelona) de EAU en España.

Mercantiles

Su ruta de legalización depende en función de su naturaleza:

Los relacionados con la exportación: 

la Cámara de Comercio de la provincia correspondiente; y 

el Consejo Superior de Cámaras de Comercio,   Industria y Navegación.

Documentos Bancarios:

Si emitidos por el Banco de España, en cualquiera de sus sedes.

Si emitidos por entidad bancaria de ámbito nacional, en los servicios centrales de este banco o en el Banco de España;

Si emitidos por bancos locales, ante las delegaciones provinciales del Banco de España. 

Documentos Relativos a Inscripciones Mercantiles.

Registro Mercantil

Tras realizar los pasos pertinentes según su naturaleza, todos los documentos deberán obtener sello de las siguientes autoridades:

la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; y

La Embajada (en Madrid) o Consulado (Barcelona) de EAU en España.

Académicos

Los títulos universitarios deben ser legalizados por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Los  títulos no universitarios deben legalizarlos el Servicio de Títulos y Convalidación de Estudios Extranjeros no universitarios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Ambos deberán acudir a las siguientes instituciones para completar la legalizacion en España:

la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación; y

La Embajada (en Madrid) o Consulado (Barcelona) de EAU en España.

En todos estos casos mercantiles, judiciales, académicos y notariales, los documentos deberán completar la legalización ante el Ministerio de Asuntos Exteriores de EAU a su llegada a EAU, cerrando de este modo el proceso de reconocimiento y validez que cada institución cumple sobre su predecesora. 

Tras llevarse a cabo la legalización (o antes de iniciarse) los documentos deberán ser traducidos al árabe por traductor jurado en EAU. Tendemos a recomendar que se haga con posterioridad para asegurar su aceptación ante organismos de EAU. 

Respecto a los costes de las legalizaciones, varían dependiendo de su naturaleza. La función de la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores en España es gratuita no obstante a su paso por la Embajada (o consulado) de EAU en España suelen conllevar un coste de AED 150 o AED 2.000 dependiendo de la naturaleza (individual o mercantil del documento). A su llegada a EAU, ante su Ministerio de Asuntos Exteriores conllevarían mismas tasas en función de la misma naturaleza del documento. 

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**La presente opinión no constituye asesoramiento legal. Es una orientación de aplicación general. Para más información [email protected] o +971 50 35 14036. 

¿Qué pasos he de seguir para legalizar un documento público español para su válida...